Una sentencia de la UE desmantela el sistema de traspasos de la FIFA

 *Eduardo Carlezzo, abogado especializado en derecho deportivo y socio de Carlezzo Advogados

 La decisión anunciada el 4 de octubre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene un impacto enorme y directo en las relaciones entre clubes y jugadores, y especialmente en el sistema de traspasos y en las reglas de estabilidad de los contratos implementadas por la FIFA desde 2001, y supondrá que la FIFA tendrá que realizar cambios sustanciales en algunos de sus pilares fundamentales, que son las reglas de indemnización por incumplimiento de contrato, la responsabilidad por el pago de dicha indemnización y las sanciones deportivas para jugadores y clubes.

Es importante destacar que el sistema de 2001 se puso en marcha precisamente por una sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 1995, en el famoso caso Bosman, que básicamente declaró ilegal el llamado «pase», es decir, el derecho federativo que vinculaba al jugador con el club para siempre.

Al verse obligada por la Unión Europea a crear un nuevo sistema de traspasos de jugadores, la FIFA eliminó el «pase» y condicionó la duración del derecho federativo a la duración del contrato de trabajo, de modo que, una vez finalizada la relación laboral, el jugador sería libre de marcharse a otro club.

Al mismo tiempo, con el objetivo de buscar la estabilidad contractual en las relaciones entre clubes y jugadores y evitar rescisiones prematuras e improcedentes, se establecieron indemnizaciones económicas y sanciones deportivas para clubes y jugadores en caso de rescisión improcedente.

Además, otra norma importante se refiere a la posibilidad de ampliar y transferir al nuevo club la responsabilidad del pago de indemnizaciones cuando el deportista que haya contratado haya sido condenado previamente a indemnizar al club anterior por incumplimiento de contrato. Este fue el caso de Lassa Diarra, que tenía contrato con el Lokomotiv de Moscú. En 2014 hubo una disputa entre las partes, que llegó a juicio de la FIFA, y esta declaró que el jugador había incumplido su contrato y debía pagar una indemnización de 10,5 millones de euros a los rusos. Además, el nuevo club del jugador sería responsable solidario del pago de esta indemnización, lo que dificultaba su fichaje por un nuevo club.

Y son precisamente estos aspectos los que ahora han sido tumbados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha declarado la ilegalidad, en el caso concreto de Diarra, de las decisiones adoptadas por la FIFA en relación con la cuantía de la indemnización, la incidencia de una sanción deportiva por incumplimiento de contrato y la responsabilidad del nuevo club con el que finalmente firme un contrato por el pago de la indemnización adeudada al Lokomotiv de Moscú.

El punto a destacar de esta decisión, aparte del efecto directo que tendrá en las futuras relaciones entre clubes y jugadores, será también mirar al pasado y a los cientos, si no miles, de decisiones en disputas entre clubes y jugadores, decididas por la FIFA y el Tribunal de Arbitraje Deportivo, que tienen similitudes con el caso Diarra y que han desembocado en el pago de indemnizaciones. ¿Se está produciendo una avalancha jurídica en los tribunales europeos para exigir responsabilidades a la FIFA por estos pagos? Lo veremos en los próximos capítulos.


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